En el día de ayer, 20 de diciembre, se publicó en el BOE el RDL 6/2023 de 19 de diciembre por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de recuperación, transformación y resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
La reforma es muy voluminosa y encaminada según su exposición de motivos a la digitalización y a la utilización de las nuevas herramientas tecnológicas, pero aborda otra serie de modificaciones relevantes sobre la Ley de enjuiciamiento civil, la Ley de enjuiciamiento criminal, procedimiento contencioso administrativo…
En lo que respecta a la Ley de Enjuiciamiento Civil, la reforma se contiene en el Libro I, art. 103, a través de 134 apartados, modificando gran cantidad de artículos.
En esta Nota, hemos tratado de resumir los cambios más relevantes, por citar algunos: se modifica la cuantía del Procedimiento ordinario de 6.000 € a 15.000 €.
Se suprime definitivamente el recurso extraordinario por infracción procesal. El recurso de apelación se interpondrá ante el Tribunal competente para conocer del mismo y se regirá por el art. 394 LEC, es decir, que a partir de ahora el recurso de apelación estimado, conllevará costas para la parte apelada. Se potencia la celebración telemática de las vistas. Se crea el art. 438 (bis), por el que se desarrolla lo que se ha llamado procedimiento testigo. No se impondrán las costas al ejecutado de la ejecución provisional si ha cumplido con lo dispuesto en el ADE dentro de 20 días desde su notificación.
El RDL entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, es decir hoy día 21 de diciembre. El Libro I donde se contienen entre otras, las reformas procesales civiles, entra en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE.
PILAR MÉNDEZ ESCALANTE
ANDRÉS BLÁZQUEZ COSTA
Abogados
RDL 6/2023 - Resumen de la modificación de la LEC (63 descargas)